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Las fincas de nueva construcción pueden volver a medir hasta 1.500 m³.

Este cambio en la normativa sobre suelo rústico es una de las disposiciones más importantes del decreto en materia de urbanismo, junto con la posibilidad de ampliar las edificaciones residenciales en suelo rústico de 900 metros cúbicos a 1.500 metros cúbicos, lo que significa que la superficie máxima pasa de 300 metros cuadrados a unos 500 metros cuadrados. Los Consells podrán decidir entonces si mantienen o amplían estos límites.

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